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<title>Derecho</title>
<link>http://hdl.handle.net/20.500.12953/84</link>
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<pubDate>Sun, 12 Jul 2026 12:13:10 GMT</pubDate>
<dc:date>2026-07-12T12:13:10Z</dc:date>
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<title>Expediente civil: Indemnización por daños y perjuicios EXP. N. ° 00628-2016-0-1601-SP-CI-03. Expediente especial: Robo agravado EXP. N. ° 00752-2020-82-3401-JR-PE-02</title>
<link>http://hdl.handle.net/20.500.12953/317</link>
<description>Expediente civil: Indemnización por daños y perjuicios EXP. N. ° 00628-2016-0-1601-SP-CI-03. Expediente especial: Robo agravado EXP. N. ° 00752-2020-82-3401-JR-PE-02
Ochochoque Choquipata, Daniela Mabel Vidal
El Expediente Judicial Civil Nro. 00628-2016-0-1601-SP-CI-03, nace por la demora de la ONP en la aplicación de la Ley N. ° 23908, al jubilado Juan Vásquez Tejada, quien solicitó indemnización por daños extra-patrimoniales al considerar que la ONP actuó de forma dolosa al no aplicar el reajuste de su pensión, teniendo que recurrir a un proceso constitucional; mientras que la ONP, consideró que la aplicación de referida ley no le correspondía al pensionista por no cumplir con los requisitos, además que no hay dolo o culpa que pueda ser imputada a la Administración Pública. El proceso concluyó con una sentencia casatoria reconociendo la existencia del daño extrapatrimonial por parte de la ONP, criterio que comparto al establecerse la responsabilidad civil extracontractual por parte del Estado.&#13;
El Expediente Judicial Penal N.º 00752-2020-82-3401-JR-PE-02, nace a partir de los hechos suscitados en diciembre de 2019, en el que los agraviados Gladiz Diana Tomas Navarro y Marcelo Pablo Hilario Andrade, fueron víctimas de un presunto robo agravado. Frente a esto, el Ministerio Público acusó a Kevin William Baldeón Cabezas como autor del mencionado ilícito penal. El colegiado de primera instancia resolvió condenar al acusado como autor del delito de robo agravado; apelada la sentencia, el órgano superior resolvió declarar fundada la pretensión impugnatoria, revoca y reforma la sentencia de primera instancia, declarando al acusado autor del delito de hurto agravado. Finalmente sube en recurso de casación a la Sala Penal Permanente que declara fundado dicho recurso y confirma la sentencia de primera instancia.
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<pubDate>Fri, 10 Jul 2026 00:00:00 GMT</pubDate>
<guid isPermaLink="false">http://hdl.handle.net/20.500.12953/317</guid>
<dc:date>2026-07-10T00:00:00Z</dc:date>
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<title>La simplificación de la petición de herencia en vía notarial frente a la afectación del principio de celeridad, Arequipa 2019</title>
<link>http://hdl.handle.net/20.500.12953/306</link>
<description>La simplificación de la petición de herencia en vía notarial frente a la afectación del principio de celeridad, Arequipa 2019
Ayala Diaz, Elvira Adaleska
El "presente trabajo de Investigación, tuvo como objetivo determinar de qué forma la simplificación de la petición de herencia en vía notarial contribuye con el principio de celeridad procesal, Arequipa, 2019, para lo cual se desarrolló el contenido referente a la petición de herencia en vía notarial y el principio de celeridad procesal. Esta investigación se desarrolló dentro del campo mixto, con un enfoque dogmático y empírico, con un tipo de investigación básica, con un método deductivo e inductivo, de tipo descriptivo, porque la investigación busca investigar de qué forma la simplificación de la petición de herencia en vía notarial contribuye con el principio de celeridad procesal. La técnica aplicada fue el análisis documental. La primera parte fue dogmática y la segunda fue empírica para esta última se tuvo una muestra de 40 resoluciones judiciales y un tipo de muestreo no probabilístico; para recopilar la información se empleó una ficha de análisis documental, se concluyó que la simplificación de la petición de herencia en vía notarial contribuiría significativamente al principio de celeridad procesal, ya que permitiría resolver conflictos sucesorios de manera más ágil y eficiente, reduciendo los plazos y costos asociados a los procesos" judiciales.&#13;
Palabras Claves: “Petición de herencia, Celeridad procesal, Economía procesal, Sucesión Intestada, Procedimiento No Contencioso”
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<pubDate>Mon, 15 Jun 2026 00:00:00 GMT</pubDate>
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<dc:date>2026-06-15T00:00:00Z</dc:date>
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<title>El proceso penal inmediato en los supuestos de flagrancia: verificación del plazo legal en la duración de su tramitación previo y durante  la implementación de la unidad de flagrancia delictiva, corte superior de justicia de Arequipa, 2023-2024.</title>
<link>http://hdl.handle.net/20.500.12953/304</link>
<description>El proceso penal inmediato en los supuestos de flagrancia: verificación del plazo legal en la duración de su tramitación previo y durante  la implementación de la unidad de flagrancia delictiva, corte superior de justicia de Arequipa, 2023-2024.
Condori Chumbislla, Gilbert Alex
Se llevó a cabo una investigación con el objetivo de verificar el plazo legal en la duración del proceso penal inmediato en los supuestos de flagrancia, previo y durante la implementación de la Unidad de Flagrancia Delictiva, en la Corte Superior de Justicia de Arequipa, para el periodo 2023-2024. La importancia del estudio radicó en la necesidad de abordar la eficacia del sistema de justicia frente a delitos flagrantes, garantizando la simplificación procesal y el derecho al plazo razonable. Para ello, se empleó un enfoque metodológico empírico, aplicado y cuantitativo. La recolección de datos se realizó mediante análisis documental y fichaje de 128 casos de procesos inmediatos por flagrancia, seleccionados a través de un muestreo probabilístico estratificado. Los hallazgos revelaron que, no se cumplieron los plazos legales para los actos procesales, tanto antes como durante la implementación de la Unidad de Flagrancia. Las principales causas de dilación identificadas fueron errores judiciales en la notificación, defectos en la precisión del domicilio por parte del Ministerio Público y la sobrecarga procesal. Si bien se constató una reducción promedio del 40% en la duración del proceso con la Unidad de Flagrancia Delictiva y el uso de mecanismos de justicia negociada representó el 92% de las conclusiones, estas duraciones seguían excediendo el plazo razonable estimado de 19 días, desvirtuando el principio de simplificación procesal. Por tanto, se concluyó que el plazo legal no se cumplió cabalmente, aunque se observó una mejora con la unidad especializada, la cual resulta insuficiente frente a los estándares normativos.&#13;
Palabras Claves: Flagrancia Delictiva – Proceso Inmediato – Simplificación Procesal – Plazo Legal – Unidad de Flagrancia Delictiva.
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<pubDate>Tue, 02 Jun 2026 00:00:00 GMT</pubDate>
<guid isPermaLink="false">http://hdl.handle.net/20.500.12953/304</guid>
<dc:date>2026-06-02T00:00:00Z</dc:date>
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<title>Análisis constitucional del delito de feminicidio a la luz del principio constitucional de igualdad ante la Ley</title>
<link>http://hdl.handle.net/20.500.12953/303</link>
<description>Análisis constitucional del delito de feminicidio a la luz del principio constitucional de igualdad ante la Ley
Rivera Ortega, Gabriela Deyfilia
La investigación realizada sostuvo su relevancia en cuanto que analizó la intersección entre dos áreas del derecho que son críticas a la hora de proteger el bien jurídico de la vida: el derecho a la igualdad y no discriminación, y la tipificación del delito de feminicidio en el Código Penal peruano. Siendo así, el objetivo principal fue evaluar la compatibilidad del delito de feminicidio con el principio constitucional de igualdad ante la ley, proponiendo alternativas legislativas que aseguren la protección de todas las personas sin discriminación. Para alcanzar el citado objetivo, la investigación se caracterizó (metodológicamente) por ser de tipo básico, de nivel descriptivo-explicativo, de diseño no experimental y que, a través del métodos dogmático-jurídico, complementado con el método fenomenológico permitió analizar, contrastar y discutir los principales alcances doctrinarios, normativos y jurisprudenciales. Estos alcances, a su vez, se complementaron con la visión derivada del conocimiento y práctica profesional de 6 operadores jurídicos, entre abogados, jueces y fiscales. En ese orden de ideas, se arribó a la conclusión de que el feminicidio, como tipo penal autónomo, es compatible con el principio constitucional de igualdad ante la ley, siempre que se asuma una interpretación sustantiva de dicho principio, no obstante, su diseño actual y su aplicación judicial revelan limitaciones y conflictos con el principio de igualdad ante la ley que deben ser abordadas mediante reformas normativas que integren enfoques inclusivos, reconozcan otras formas de violencia de género, y garanticen el trato igualitario de todas las personas.
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<pubDate>Mon, 11 May 2026 00:00:00 GMT</pubDate>
<guid isPermaLink="false">http://hdl.handle.net/20.500.12953/303</guid>
<dc:date>2026-05-11T00:00:00Z</dc:date>
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